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domingo, 1 de marzo de 2020

Negociaciones colectivas en peligro

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Negociaciones colectivas en peligro

Revisando el panorama actual de las negociaciones colectivas se tiene que, al 2018 la tasa de sindicalización en el sector público es baja, esta es de 15.9%.
domingo, 1 de marzo de 2020 - 1110 vistas

En el mes de enero de este año se emitió el Decreto de Urgencia N°014-2020, con el cual el Estado busca regular las negociaciones colectivas en el sector público, junto a este decreto se han vertido declaraciones e informes técnicos para apoyar dicha iniciativa. Las declaraciones realizadas en los medios de comunicación han generado polémica entre los trabajadores debido a que se han dado afirmaciones que no son del todo ciertas.

Revisando este decreto, los parámetros planteados a tener en cuenta para la negociación colectiva son:

  • Tener en cuenta el Informe Económico Financiero que sería emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, que en la actualidad viene realizando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Este informe económico, hoy en día, muestra carencias como la no explicación detallada de la información financiera, es decir, solo se indican las variaciones en montos y porcentajes, pero no el detalle del por qué se dan estos cambios. Además, no se considera la pérdida de la capacidad adquisitiva por los años en los cuales los trabajadores no han percibido ningún incremento remunerativo, ya que tienen escalas salariales no modificadas en el tiempo. Es preciso resaltar que en el Informe Económico financiero que elaboraría el MEF se quiere tomar en cuenta la gestión fiscal de los recursos humanos mas no la situación laboral del personal. Además, cabe preguntarse, ¿cuál sería el indicador o indicadores que el MEF consideraría pertinente para que un tribunal arbitral pueda tomar decisiones al momento de emitir un laudo? ¿la liquidez corriente, los saldos de balance, presupuesto no ejecutado, diferencia de ingresos y gastos o los resultados del ejercicio? ¿Alguno de estos indicadores tendrá mayor relevancia que otro? Ya que si el MEF no consideraría pertinente el laudo puede impugnarse y retiraría a los árbitros responsables de la lista de árbitros.
  • Otra de las observaciones a este Decreto es que indica que no se podría presentar pliegos de reclamos un año antes de las elecciones, considerando que “Si el año previo a que se realice la negociación colectiva, los ingresos del gobierno general, como porcentaje del Producto Bruto Interno (PBI), caen en más de 2.0 puntos del PBI” y, si se presentan desastres naturales. Si tomamos en cuenta estas tres restricciones y las aplicamos en el periodo 2009-2019, se tendrían 4 años sin negociación.

Revisando el panorama actual de las negociaciones colectivas se tiene que, al 2018 la tasa de sindicalización en el sector público es baja, esta es de 15.9%. Estos trabajadores organizados tienen trabas para poder negociar beneficios económicos ya que en las Leyes de presupuesto del Sector Público se detalla la prohibición de reajustes, incrementos, bonificaciones (entre otros), motivo por el cual se entrampan en las negociaciones extensas, porque bajo está ley el empleador no puede presentar propuestas con contenido económico y costosas, porque tanto el empleador como organización sindical tienen que realizar desembolsos para recurrir a un arbitraje.

Si el Estado se preocupara por la situación laboral de los trabajadores del sector público, no tendría trabajadores bajo el régimen CAS, los cuales tienen contratos anuales, en el mejor de los casos, e incluso, hasta mensuales. Sin ir muy lejos, en el 2019, el Ministerio de Economía y Finanzas tuvo un desembolso de S/109 millones para trabajadores CAS y un gasto en personal de S/37 millones, es decir el desembolso por trabajadores CAS es casi el triple del gasto en personal y si revisamos el gasto en asesorías, este asciende a S/238 millones, monto que representa 540% del gasto en personal.

Y si revisamos la ejecución del presupuesto destinado a inversiones, el cual fue de un 78%, este asciende a S/44 millones. Dicho monto es equivalente al 16% del gasto en asesorías e inversiones.

De la misma forma el Ministerio de trabajo tiene un desembolso por personal de S/11 millones y por CAS S/74 millones. Este monto supera en 570% al de personal, lo que indica una despreocupación del Estado por proteger a los trabajadores del sector público, lo cual se fortalecería de aprobarse el Decreto de Urgencia Nº 016-2020 en el cual se restringe el ingreso a la carrera administrativa.

Sobre las imprecisiones dadas por el MEF se tiene por ejemplo las declaraciones sobre que Petroperú es una empresa deficitaria, esta empresa se encuentra en el primer lugar en el ranking de las 500 mayores empresas del Perú, según la revista América Economía, con4,965 millones de dólares de ingresos por ventas y 120 millones de dólares de utilidades. Además el Ministerio afirma que no participará de las negociaciones colectivas, sin embargo son quienes darían los topes a negociar, sancionarían a los responsables de no laudar de acuerdo a los parámetros que establecen e impugnar los laudos arbitrales.

 

Escrito por: Alexandra Toledo para SanJuandeLurigancho.com

 

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